¿De qué va este blog?

En los próximos cuatro meses, un grupo de seis estudiantes de Grado en Educación Social de la ULPGC, tendrá como objetivo la realización de este blog.
El blog es un requisito de la asignatura de "Tecnologías de la Información y Comunicación", donde trataremos de acercar este ámbito a uno de los colectivos que hemos escogido "Drogodependencia", porque como futuros educadores sociales queríamos tener como primer contacto o experiencia a este sector.
En Callejeros Blogueros encontrarás datos, videos, reflexiones, noticias..etc, que te ayudarán a contribuir al aumento del conocimiento sobre este colectivo.

miércoles, 6 de abril de 2011

Rastreador

Reino Unido: venta de “Cocaína” por Internet
 Marzo 14th, 2011

Esta nueva droga legal que se vende por internet empezó a circular entre los jóvenes en el Reino Unido y su uso causó ya diversas muertes e ingresos hospitalarios, según advirtió en su último número la revista científica Emergency Medicine Journal.
La llamada Ivory wave (Ola de marfil) está a la venta en forma de sales de baño, en paquetes de entre 200 y 500 miligramos, y los expertos todavía no determinaron si contiene sustancias clasificadas como ilegales.
Los análisis revelan que la droga, que se puede inhalar o bien ingerir, contiene un anestésico (lidocaína, utilizada en odontología para operaciones superficiales y en tratamientos veterinarios) así como un estimulante (MDPV, con efectos similares a la cocaína o las anfetaminas), aunque indican que la composición de la sustancia es variable debido a la ausencia de controles.
La Ivory wave, también conocida como Ola púrpura, Costa de marfil o Vanilla sky, es un sustitutivo de la mefedrona (conocida como Miau-miau), un estupefaciente que resultaba sencillo de conseguir en internet hasta que se prohibió en abril de 2010 en el Reino Unido después de varias muertes causadas por su consumo.
Las complicaciones médicas provocadas por el consumo de Ivory wave son similares a las provocadas por la cocaína y otros estimulantes e incluyen aceleración del ritmo cardíaco, ansiedad extrema, alucinaciones y contracciones faciales involuntarias.
La sustancia puede causar asimismo psicosis paranoicas agudas, hipertermia y variaciones severas en la presión sanguínea, indicó la publicación.
Los efectos de la droga, que en su fase inicial induce a un estado de euforia, son perceptibles a partir de dosis de cinco miligramos, y pueden durar desde un día hasta una semana.
El gobierno británico hizo pública en marzo de 2010 su intención de prohibir la fabricación, venta y almacenamiento de mefedrona, tras determinar que se había convertido en la cuarta droga más popular en el Reino Unido.
Entre los efectos secundarios de la mefedrona, que suele anunciarse en internet como abono para plantas, figuran la coloración azulada o morada de las extremidades, un posible estrechamiento de la aorta, sudoración abundante y taquicardia.
Fuente: EFE, encontrado en: http://www.noticiasid.com/?p=14661

Comentario
En este artículo lo que se denuncia es la facilidad con que los jóvenes pueden acceder fácilmente a las nuevas drogas que van apareciendo, y que se anuncian en lugares tan visitados como internet a través de páginas web sin supervisión alguna. Estas drogas nuevas llegan con tanta facilidad que es consumida por muchos jóvenes en este caso del Reino Unido que ha provocado la muerte en muchos de ellos.

DENUNCIA: Las Páginas relacionadas con el tráfico de drogas

DENUNCIA LAS WEB, BLOG Ó FOROS QUE VENDAN DROGAS
La ONG de protección de la infancia: PROTEGELES, dispone en internet de una Línea de Denuncia anónima contra las drogas. En ella es posible facilita cualquier información al respecto con la seguridad de que se realizará la investigación y la denuncia correspondiente. PROTEGELES colabora directamente con la Guarcia Civil y el Cuerpo Nacional de Policía.
La Línea de Denuncia anónima se encuentra en: PROTEGELES.COM
PROTEGELES trabaja también contra los contenidos relativos al tráfico de drogas, fabricación de drogas de síntesis, etc. Con regularidad se reciben informaciones sobre este tipo de contenidos en la Línea de Denuncia, y se actúa con ellos de la misma manera que con el resto de los contenidos ilegales.
Aspectos legales sobre las drogas

Código penal

El Código Penal, aprobado por la Ley Orgánica 10/1995, de 23 de noviembre regula en su capítulo III del título XVII del Libro Segundo los delitos contra la salud pública donde se castiga como delito el cultivo, la elaboración y el tráfico de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas, así como en general, cualquier otra actividad (incluida la posesión) que tienda a promover, favorecer o facilitar el consumo ilegal de unas y otras.
El indicado texto legal mantiene, a efectos de aplicación de las penas por el citado delito, la distinción entre drogas que causan grave daño a la salud y drogas que no causan ese grave daño, pudiendo aplicar a las primeras una pena de prisión de hasta 20 años, y a las segundas un máximo de hasta 6 años y nueve meses de prisión, y en ambos casos multas de hasta un séxtuplo del valor final de la droga.
El código penal establece en su artículo 368 lo siguiente:
“Los que ejecuten actos de cultivo, elaboración o tráfico, o de otro modo promuevan, favorezcan o faciliten el consumo ilegal de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas, o las posean con aquellos fines, serán castigados con las penas de prisión de tres a nueve años y multa del tanto al triplo del valor de la droga objeto del delito si se tratare de sustancias o productos que causen grave daño a la salud, y de prisión de uno a tres años y multa del tanto al duplo en los demás casos.”
El artículo 369 del Código Penal, establece cuales son las circunstancias agravantes de los delitos relativos a los actos de cultivo, elaboración y tráfico de drogas, para las cuales en tal caso se impondrán las penas privativas de libertad superiores en grado a las respectivamente señaladas en el artículo 368, pudiendo ser la pena privativa de libertad de hasta 13 años y medio, y la multa del tanto al cuádruplo.
Las circunstancias agravantes son las siguientes:
  • 1. Que las drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas se faciliten a menores de dieciocho años o disminuidos psíquicos, o se introduzcan o difundan en centros docentes, en centros, establecimientos y unidades militares, en establecimientos penitenciarios o en centros asistenciales.
  • 2. Que los hechos fueren realizados en establecimientos abiertos al público por los responsables o empleados de los mismos.
  • 3. Que fuere de notoria importancia la cantidad de drogas tóxicas, estupefacientes o sustancias psicotrópicas objeto de las conductas a que se refiere el artículo anterior
  • 4. Que las citadas sustancias o productos se faciliten a personas sometidas a tratamiento de deshabituación o rehabilitación.
  • 5. Que las referidas sustancias o productos se adulteren, manipulen o mezclen entre sí o con otros, incrementando el posible daño a la salud.
  • 6. Que el culpable perteneciere a una organización o asociación, incluso de carácter transitorio, que tuviere como finalidad difundir tales sustancias o productos aun de modo ocasional.
  • 7. Que el culpable participare en otras actividades delictivas organizadas o cuya ejecución se vea facilitada por la comisión del delito.
  • 8. Que el culpable fuere autoridad, facultativo, funcionario público, trabajador social, docente o educador y obrase con abuso de su profesión, oficio o cargo.
  • 9. Que se utilice a menores de dieciséis años para cometer estos delitos.
Según lo previsto en el artículo 370 del código penal, tal pena señalada anteriormente podría aumentarse hasta llegar a la pena de 20 años (la máxima prevista en el Código Penal), conllevando además, una multa de hasta el séxtuplo del valor final de la droga, cuando las conductas en él definidas sean de extrema gravedad, o cuando se trate de los jefes, administradores o encargados de las organizaciones o asociaciones mencionadas en el número 6 del artículo 369. Pudiendo decretar la autoridad laboral en este último caso, así como cuando concurra el supuesto previsto en el número 2º del mencionado artículo, alguna de las medidas siguientes:
  • a) Disolución de la organización o asociación o clausura definitiva de sus locales o de los establecimientos abiertos al público.
  • b) Suspensión de las actividades de la organización o asociación, o clausura de los establecimientos abiertos al público por tiempo no superior a cinco años.
  • c) Prohibición a las mismas de realizar aquellas actividades, operaciones mercantiles o negocios, en cuyo ejercicio se haya facilitado o encubierto el delito, por tiempo no superior a cinco años.
El código penal, también castiga como delitos en su artículo 371 , la adquisición, conversión o transmisión de bienes, si se conoce que su origen proviene de un delito de tráfico de drogas, y la ocultación de la verdadera naturaleza, origen y propiedad de los mismos (Blanqueo de bienes); así como también la fabricación, transporte, distribución y comercio de los denominados “precursores” conociendo que van a emplearse en el cultivo, fabricación o tráfico de drogas tóxicas, estupefacientes y sustancias psicotrópicas.
El artículo 372 del Código Penal prevé, además de la pena que corresponda según el delito cometido, la inhabilitación especial para empleo o cargo público, profesión u oficio, industria o comercio, si los hechos previstos descritos anteriormente fueran realizados por empresario, intermediario en el sector financiero, facultativo, funcionario público, trabajador social, docente o educador, en el ejercicio de su cargo, profesión u oficio.
Por último, el Código Penal castiga la provocación, la conspiración y la proposición para cometer los delitos previstos en los artículos 368 al 372.
Comentario
Este artículo hace referencia al nacimiento una nueva organización donde se pueden denunciar todo acto relacionado con las drogas desde sus publicitaciones en los diferentes lugares de internet hasta aquellas personas que estén en posesión de sustancias estupefacientes. No se trata de una organización que actúe por su cuenta sino que cuanta con el apoyo y la colaboración de la guardia civil y un código penal completo de leyes y condenas para aquellas personas que no las cumplan.

Según el Dr. Julio Cortijo: "“Internet está favoreciendo la difusión de las drogas de diseño”

Jueves 24 de marzo de 2011

El Dr. Julio Cortijo, jefe de Unidad de Docencia e Investigación del Consorcio Hospital General Universitario y catedrático de Farmacología de la Universitat de València, ha realizado hoy una ponencia bajo el título "Las Drogas de Diseño" en la que ha incidido en la problemática que rodea al abuso de estas sustancias.
La ponencia ha tenido lugar dentro de la VII edición del Ciclo de Conferencias "Salut i Qualitat de Vida", organizado por la Nau Gran de la Universitat de València en colaboración con la Fundación Divina Pastora.
El Dr. Cortijo ha afirmado que a pesar de que las drogas de diseño no son un fenómeno nuevo ya que existe constancia de su producción y consumo desde principios del siglo pasado por laboratorios que los desarrollaron para otros usos, sí es cierto que hay nuevas sustancias que están experimentando un importante desarrollo y difusión gracias a la aparición de las nuevas tecnologías.
Así, según el Dr. Cortijo, "los cibercócteles, o mezclas de varias sustancias prohibidas y nocivas para la salud y difundidas a través de Internet están conociendo un crecimiento notable gracias a este medio." "Internet está facilitando el consumo de dichas sustancias que en algunos casos hasta ahora eran poco conocidas debido al hecho de que se dan consejos, por ejemplo, para combatir el cansancio o pasarlo bien a través de mezclas explosivas desde el punto de vista de la salud y que se convierten en referencia para los jóvenes," ha agregado el Dr. Cortijo. "Lo peligroso es caer en la banalidad y pensar que estas sustancias no pueden ser peligrosas," sentencia Cortijo.
Y va más allá. El gran problema de las drogas de diseño es que éstas están realizadas a partir de síntesis químicas de varios compuestos y realizados en laboratorios clandestinos sin ninguna garantía química y sanitaria. No se sabe qué productos se utilizan en las mezclas y en la mayoría de los casos los compuestos utilizados son altamente perjudiciales. Como señala el doctor: "Estamos observando lesiones neuronales muy graves en algunos pacientes que han abusado de estas sustancias, entre las que destacaría casos de Parkinson en jóvenes de 30 años producido por las drogas de diseño. Las consecuencias a largo plazo son terribles."

-Efectos secundarios
Julio Cortijo ha aprovechado la ponencia para lanzar una advertencia sobre los efectos secundarios de las drogas de diseño.
"Este conjunto de drogas se deben de incluir en el grupo de sustancias farmacológicas con actividad sicoestimulante y todas ellas comparten múltiples efectos secundarios, algunos de mayor alcance como hipertensión, incremento del ritmo cardíaco, estimulación adrenal, hiperactividad muscular, así como trastornos de la personalidad con tendencias paranoicas, depresión, ansiedad, agresividad e incluso de tipo físico como disfunciones sexuales o parkinsonismo," ha comentado Julio Cortijo.
"Estos efectos serán más o menos marcados en función del tipo de compuesto, de la dosis o de la sensibilidad de cada uno pero lo cierto es que están ahí," ha advertido el Dr. Cortijo.
Consumo y dependencia
A pesar de que no hay mucha investigación clínica ya que es complicado desde el punto de vista ético, sí hay conocimiento sobre el grado de dependencia que crean las drogas de diseño. En este sentido señaló que se ha discutido mucho sobre la posibilidad o no de que generen habituación. Desde un punto de vista farmacológico, Cortijo apunta que los derivados anfetamínicos presentan la capacidad de producir tolerancia, es decir que se produce una necesidad de aumentar la dosis y por tanto una dependencia tanto física como sicológica.
Pero el doctor va más allá al señalar el riesgo de una poli-toxicomanía: "Al desaparecer los efectos estimulantes, impulsan a la búsqueda de sustancias estimulantes para recuperar la forma y combatir la depresión post-abuso que suele acompañar la toma de estas sustancias. Ello conlleva a un riesgo de poli-toxicomanía con el consumo de otras drogas como la cocaína," apunta el doctor.
Otro de los cambios que se observa en la tendencia del consumo de drogas de diseño es su constante aumento a pesar de que otras drogas hayan experimentado un retroceso leve en cuanto a su consumo. Así, mientras drogas como la heroína o la cocaína han conocido un leve retroceso, las drogas de diseño son las únicas que siguen en progresión ascendente. "El consumo general de drogas de diseño no para de aumentar. Estamos asistiendo a un cada vez mayor consumo de estas sustancias. El tabaco cae, el alcohol se mantiene, la cocaína cae, la heroína cae, sin embargo las drogas de diseño suben," comenta Cortijo.
Las campañas de sensibilización son muy importantes y desde la Generalitat Valenciana se promueven acciones encaminadas a informar y alertar a la población sobre los peligros de las drogas en general. "Es por ello que iniciativas llevadas a cabo por la Fundación para el Estudio, Prevención y Asistencia a las Drogodependencias (FEPAD) dependiente de la Dirección General de Drogodependencias de la Generalitat Valenciana son importantes para sensibilizar," ha concluido el Dr. Cortijo.

*La Fundación Divina Pastora es una organización sin ánimo de lucro que tiene como objetivo prestar atención a personas con alto riesgo de exclusión social y orientada a la promoción de obras sociales, benéficas, médico-sanitarias y de protección de la salud. Desde Divina Pastora se fomenta también la colaboración con distintas entidades para impulsar la formación e información en ámbitos educativo, deportivo, medioambiental, de protección del arte y la cultura, con especial atención a la prevención de accidentes, fomentando la docencia, la formación y la investigación.

Comentario
Este artículo nos comenta la valoración que hace el doctor Julio Cortijo de las drogas y su difusión a través de internet. El que se venda drogas a través de internet no solo hace que llegue a más público y sobre todo a un público joven sino que a demás no sabemos que es lo que estamos consumiendo. Este tipo de drogas llamadas drogas de diseño están hechas en laboratorios ilegales sin ninguna supervisión sanitaria ni de ningún tipo, así que lo más probable es que estén utilizando compuestos altamente perjudiciales para la salud ya que están apareciendo enfermedades en jóvenes que consumen este tipo de drogas. Enfermedades que aparecen tanto a corto como a largo palazo.

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